lunes, 8 de septiembre de 2008

EL ESTADO EN SI MISMO

El estado en si mismo es entendido como la integración de como se quiere funcionar y los medios que se tienen para hacerlo.


FORMAS DE ESTADO:

Es un concepto de Derecho Constitucional que hace referencia a los diversos modelos que los Estados pueden adoptar en base a la relación dada entre sus tres elementos constitutivos que son: El Territorio, La Población y El Poder.
En función de la articulación que se produzca de las tres variables, se distinguen dos grandes grupos:
- Estado Unitario: Donde Pueblo, Territorio y Poder son uniformes y simples, y la relación entre ellos es univoca y directa.
- Estado Complejo: Resultado de la carencia de homogeneidad entre los tres elementos mencionados, produciéndose una diversificación en la estructura de su ordenamiento jurídico en Estado Federal y Confederal
Para explicar el concepto Formas de Estado se tiene una extensión de significado muy amplia, es un vocablo con gran libertad de interpretación, se utiliza en Derecho Político para diferenciar la distribución del espacio a la actividad estatal.
Teniendo en cuenta lo anterior entendemos que se presentan diferentes maneras de concebir las Formas de Estado unas de estas son:
- Referente al grado de Descentralización y Centralización, en estado Unitario, Estado Federal y Estado Confederado.
- En el concepto Forma de Gobierno serian: Estado Democrático, Totalitario, Republicano y monárquico.
- En los Estados donde priman los Derechos del Individuo (Vis a Vis), podemos identificar el Estado Liberal, el Social y el de Bienestar.
En los países Democrático – Liberal las definiciones de Formas de Estado tienen una serie de elementos indispensables para obtener un orden Jurídico – Político donde el concepto de Forma hace relación al concepto de Constitución, que significa Dar Forma que viene siendo “Poner limites a la acción del Estado”.
Ahora tendremos en cuenta las siguientes definiciones de Formas de Estado:
- En el Liberalismo: método de formación de Normas, limites y controles al poder.
- En el Marxismo: Súper Estructuras, organización Jurídico – Política del dominio de clase.

Según Norberto Bobbio, Formas de Estado se pueden identificar con Formas de Gobierno teniendo en cuenta sus diferentes significados. Por esto Bobbio distingue a las Formas de Estado en dos criterios principales:
- El Histórico
- El referente a la mayor o menor expansión del estado frente a la sociedad.

Nosotros nos referiremos al componente Histórico que propone la siguiente secuencia:
- Estado Feudal
- Estado Estamental
- Estado Absoluto
- Estado Representativo






ESTADO FEUDAL:
El termino Feudalismo comenzó con el fracaso del proyecto político centralizador de Carlomagno, que llevo a la formación de un sistema político, económico y social, que los historiadores han llamado Feudalismo.
El termino se podría aplicar a las formaciones sociales de todo el territorio Europeo Occidental, pertenecieran o no al Imperio Carolingio que se tiene como el epicentro del Feudalismo, llamado también Primer Feudalismo o Feudalismo Carolingio que va desde el siglo VIII hasta el año 1000 y un Feudalismo Clásico que ira del año 1000 hasta el año 1240.
Con la Revolución Francesa se suprimió el 4 de agosto de 1789 todos los derechos feudales y con el Decreto del 11 de agosto del mismo año, se acabo definitivamente con el régimen Feudal.

Dos instituciones eran claves para el Feudalismo:
- El vasallaje: como relación jurídico-política ente el señor y el Vasallo , por un contrato sinalagmático (ambos hombres libres, ambos guerreros, ambos nobles), consistente en el apoyo y fidelidades mutuas (dotación de cargos, honores y tierras – El Feudo – Por el señor al Vasallo) y compromiso de (auxilium et consilium – Auxilio o apoyo militar y consejo o apoyo político) que si no se cumplía o se rompía por cualquiera de las dos partes daba lugar a la Felonía y cuya jerarquía se complicaba de forma piramidal ( el vasallo era a su vez señor de vasallos)
- El Feudo: Unidad económica y de relaciones sociales de producción, entre el señor del Feudo y sus siervos, no un contrato igualitario sino una imposición violenta justificada ideológicamente con un Quid pro quo (se refiere a la acción de sustituir algún bien con otro o un intercambio de favores), de protección a cambio de trabajo y sumisión.

Por tanto la realidad que se enuncia como relaciones Feudo- Vasallaticas es realmente un término que incluye dos tipos de relación social de naturaleza completamente distinta.

El Vasallaje era un pacto entre dos miembros de la nobleza de distinta categoría. En caballeo de menor rango se convertía en vasallo del noble mas poderoso que se convertía en su señor por medio del homenaje e investidura, el homenaje del vasallo al señor consistía en la postración o humillación, las manos del vasallo unidas en posición orante eran acogidas entre las del señor y así se convertía en su hombre. Tras el homenaje se producía la investidura del señor al vasallo que representaba la entrega de un feudo (dependiendo de la categoría de vasallo y señor, podía ser un condado, un ducado, un castillo, una población o un simple sueldo)

En el Feudo el señor acogía a los campesinos que se organizaban en una reserva señorial que los siervos debían trabajar obligatoriamente (sernas o corveas) y en el conjunto de las pequeñas explotaciones familiares ( mansos) que se atribuían a los campesinos para que pudieran subsistir y la obligación del señor era protegerlos si eran atacados y mantener el orden y la justicia en el feudo a cambio que el campesino se convirtiera en su siervo

Junto con el Feudo el Vasallo recibe los siervos que hay en él, no como propiedad esclavista, pero tampoco en régimen de libertad; puesto que su condición servil les impide abandonarlo y los obliga a trabajar.


Tema presentado por:
Jorge Alberto Betancurt R.
Exposición Grupo 3